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Titulaciones Náuticas Deportivas

30 de abril de 2021

Los barcos de recreo al igual que los vehículos particulares generan la necesidad de poseer un permiso para poder gobernarlos (conducirlos), en el caso de las embarcaciones deportivas se le llaman Títulos Náuticos Deportivos.

En este articulo vamos a aclarar cuales son a día de hoy, a grandes rasgos.Tenemos 5 Títulos Náuticos Deportivos en España:

-Capitán de Yate

-Patrón de Yate

-Patrón de Embarcaciones de Recreo

-Patrón de Navegación Básica

-Licencia de Navegación

Estos Títulos Pueden tener desde las habilitaciones básicas, llegando a las habilitaciones complementarias, incluso a algunos se les pueden anejar habilitaciones profesionales o se pueden convertir en un certificado profesional.

 

Licencia de Navegación

Te permite gobernar embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y motos de agua, en navegaciones diurnas y no alejándose mas de 2 millas de puerto, marina o lugar de abrigo.

 

Patrón de Navegación Básica

Te permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora y motos de agua, no alejándose mas de 5 millas de puerto, marina o lugar de abrigo.

Habilitación complementaria a vela

 le permitiría gobernar embarcaciones de recreo de vela con los mismos limites que los de motor.

 

Patrón de Embarcaciones de Recreo

Te permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora y motos de agua, no alejándose mas de 12 millas de la costa. Y navegación entre islas en Canarias y Baleares.

Habilitaciones complementarias

- Embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.

- Vela te permiten gobernar embarcaciones de recreo a vela con las mismas limitaciones que a motor

Habilitaciones Anejas Profesionales

Mas abajo en este mismo articulo se desarrollan en su totalidad

 

Patrón de Yate

Te permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y motos de agua, no alejándose mas de 150 millas de la costa

Habilitaciones complementarias

- Vela te permiten gobernar embarcaciones de recreo a vela con las mismas limitaciones que a motor

Habilitaciones Anejas Profesionales

Mas abajo en este mismo articulo se desarrollan en su totalidad

 

Capitán de Yate

Te permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y motos de agua, sin limites.

Habilitaciones complementarias

- Vela te permiten gobernar embarcaciones de recreo a vela con las mismas limitaciones que a motor

Habilitaciones Anejas Profesionales

Mas abajo en este mismo articulo se desarrollan en su totalidad

 

Este titulo es el único que se puede convertir en un certificado profesional el Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo:

Necesitas superar un examen oficial en la DGMM, estar en posesión de una serie de certificados profesionales STCW, el certificado medico del ISM y presentar una declaración responsable indicando una serie de millas navegadas como patrón.

Este certificado te permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora ejerciendo como profesional, con un máximo de 12 pasajeros abordo sin incluir la tripulación, alejándote 60 millas de la costa como máximo, si después acreditas mas de 2 años de ejercicio profesional podrás alejarte hasta 150 millas.

 

 

Habilitaciones anejas Profesionales

Con todas las habilitaciones al día y anexando el certificado de Formación Básica mas el reconocimiento medico del I.S.M. se le pueden anejar a este titulo las habilitaciones profesionales que le permitirán:

  • Prestar servicios de transporte de suministros, siempre dentro de las aguas interiores marítimas y del mar territorial españoles hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida, efectuados mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas, con destino a otras embarcaciones o buques de recreo.
  • Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa.
  • Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas.
  • Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.

los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán además patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida.

las actividades en motos náuticas siempre que distancia desde el puerto, marina o playa de partida no supere las cinco millas, no se transporten más pasajeros que aquellos indicados por el fabricante en las instrucciones de uso y una carga o superior a 50 kilos.

 

 

Alberto Cabrera Arjona

Patron de Litoral de la Marina Mercante.

 

 

Mi barco, su amarre:
26 de noviembre de 2020

Cuando descubres que te gustan los barcos y quieres hacerte con uno, se abre un abanico de interrogantes: tipo de barco, mantenimiento, documentación, titulaciones, amarre... Hoy intentaré despejar algunas dudas técnicas acerca de los amarres.

Los amarres son los “aparcamientos” de los barcos. Se encuentran ubicados en los puertos, los cuales proporcionan una zona segura al resguardo de las inclemencias del mar.

Los puertos deportivos normalmente están sectorizados en pantalanes fijos o flotantes, estos últimos muy usados sobre todo en lugares donde las mareas son muy activas. En los pantalanes los amarres suelen estar configurados de tal forma que permitan atracar los barcos de forma perpendicular al pantalán (de popa o proa) o de forma paralela o longitudinal (de costado).

Existen muchas formas de amarrar el barco en puerto, pero por norma general:

  • En los amarres de popa o proa se necesita como mínimo dos zonas de amarre: una a proa y otra a popa. En la zona que pega al pantalán se suele poner un mínimo de dos cabos perpendiculares al pantalán llamados traveses o largos, en algunos casos podremos ver algún sprin (todos estos nombres responden a la angulación de los cabos con respecto al barco); y en la zona de la dársena se suele poner como mínimo un cabo llamado muerto que conecta con la cadena madre del puerto. En este tipo de amarre es muy conveniente poner defensas en los costados para protegerse de otros barcos.
  • En los amarres de costado solo seria necesario una zona de amarre, entre el pantalán y un costado del barco. En esta zona de amarre, como mínimo encontraremos dos cabos: largos, traveses o ambos combinados, adicionalmente podremos ver algún sprin. Para amarrar un barco de esta forma será imprescindible poner defensas suficientes entre el barco y el pantalán para evitar daños. También se puede añadir una zona de amarre más en el otro costado del barco para separar éste del muelle, así dejarían de ser imprescindibles las defensas. En esa otra zona encontraríamos un muerto en la zona de proa y otro en la zona de popa, conectados a la cadena madre del puerto.

Una vez el barco está amarrado, tendremos que pensar en la manera de salir a tierra de la forma mas cómoda posible. Para esto se usan las pasarelas y podemos encontrarlas de muchos tipos: desde las más sencillas que se colocan a mano, pasando por las que cuentan con un sistema de poleas y cabos, algo mas cómodas, hasta las majestuosas pasarelas hidráulicas, totalmente automatizadas. Aquí todo dependerá del bolsillo del armador.

Ya en tierra, y si el barco y el puerto disponen de servicios auxiliares, conectaremos electricidad, agua, teléfono, tv… 

 

Alberto Cabrera Arjona. 

Patrón de Litoral de La Marina Mercante

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